La salud mental ha dejado de ser un tabú para convertirse en una prioridad, también en el ámbito del trabajo. La depresión es, de hecho, una de las causas más frecuentes de incapacidad temporal en España. Sin embargo, cuando un trabajador se enfrenta a esta difícil situación, surgen dudas legales inmediatas: ¿Cuánto cobraré? ¿Me pueden despedir? ¿Qué requisitos debo cumplir?
En Cánovas & Fernández-Caballero Abogados, entendemos que enfrentar una baja laboral por depresión conlleva una carga emocional importante. Por ello, como especialistas en Derecho Laboral en Alicante, hemos preparado esta guía para aclarar tus derechos y obligaciones durante este proceso.
¿Qué es la baja laboral por depresión y cómo se tramita?
Legalmente, la baja laboral por depresión es una situación de Incapacidad Temporal (IT). Significa que el trabajador está inhabilitado puntualmente para realizar sus funciones profesionales debido a un trastorno de salud mental y necesita asistencia sanitaria.
Para obtenerla, es imprescindible acudir al médico de cabecera (Servicio Público de Salud) o a la Mutua (si la causa es profesional), quien evaluará el estado del paciente y emitirá el parte médico de baja.
Requisitos para acceder a la baja laboral por depresión
No basta con el diagnóstico médico; para tener derecho a la prestación económica (cobrar mientras no trabajas), la Seguridad Social exige cumplir ciertos criterios. Estos varían dependiendo del origen de la depresión:
1. Si es por contingencias comunes (causa ajena al trabajo)
Es el caso más habitual (por problemas personales, familiares o biológicos).
- Estar de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada al alta.
- Periodo de cotización: Haber cotizado al menos 180 días en los 5 años anteriores a la fecha de la baja.
2. Si es por contingencias profesionales (causa laboral)
Si la depresión deriva directamente del entorno de trabajo (por ejemplo, síndrome de burnout, acoso laboral o mobbing), se considera accidente de trabajo.
- Estar de alta en la Seguridad Social.
- No se exige periodo mínimo de cotización.
Importante: Demostrar que la baja laboral por depresión tiene origen profesional es complejo y suele requerir la intervención de abogados laboralistas para que la Mutua reconozca la situación, lo cual mejora notablemente la cuantía a cobrar.
¿Cuánto se cobra estando de baja por depresión?
La cuantía varía según el origen de la baja y lo que estipule tu Convenio Colectivo, pero los mínimos legales son:
- Por enfermedad común:
- Del día 1 al 3: No se cobra nada (salvo que el convenio diga lo contrario).
- Del día 4 al 20: Se cobra el 60% de la base reguladora.
- A partir del día 21: Se cobra el 75% de la base reguladora.
- Por enfermedad profesional (causa laboral):
- Se cobra el 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja.
Nota: Muchos Convenios Colectivos obligan a la empresa a complementar el sueldo hasta el 100% de la base reguladora, independientemente de la causa.
Duración máxima de la baja
Una de las preocupaciones más frecuentes es cuánto tiempo se puede mantener esta situación. La duración de la baja laboral por depresión sigue los mismos plazos que cualquier otra incapacidad temporal:
- Duración inicial: 365 días (1 año).
- Prórroga: Si tras el primer año el INSS prevé posibilidad de curación, puede conceder una prórroga de otros 180 días.
- Límite máximo: En total, la baja puede durar 545 días (año y medio).
Al agotarse este plazo, el Tribunal Médico (EVI) deberá decidir si da el alta al trabajador por curación, o si propone una Incapacidad Permanente (absoluta o total) si las secuelas impiden el retorno al trabajo.
¿Me pueden despedir estando de baja por depresión?
Esta es la pregunta más crítica. La respuesta corta es: sí, te pueden despedir, pero no por estar de baja.
Si la empresa te despide alegando únicamente que estás enfermo, el despido podría ser declarado nulo (obligando a la readmisión) o improcedente (con la máxima indemnización). Especialmente tras la Ley 15/2022, despedir a alguien por razón de enfermedad puede considerarse discriminatorio si la baja es de larga duración.
Sin embargo, si la empresa tiene motivos disciplinarios o económicos reales y justificados ajenos a tu salud, el despido podría ser procedente.
Asesoramiento legal experto en Alicante
La baja laboral por depresión es un terreno delicado donde se cruzan informes médicos, inspecciones de la Mutua y decisiones empresariales.
Si sientes que tu baja deriva de un acoso laboral, si la Mutua te ha dado el alta indebidamente, o si has sufrido un despido mientras estabas en tratamiento, necesitas protección legal.
En Cánovas & Fernández-Caballero Abogados, contamos con un equipo especializado en Derecho Laboral. Analizamos tu caso para proteger tus derechos y garantizar que recibas las prestaciones o indemnizaciones que te corresponden.
¿Necesitas ayuda legal? Contacta con nuestro despacho en Alicante y evaluaremos tu situación laboral con total confidencialidad.
